La Autoridad de Servicios Financieros (OJK) aplicará una nueva normativa a partir del 1 de enero de 2026, que exigirá que los productos comerciales de seguro médico adopten un sistema de copago, coordinen las prestaciones con el programa del Seguro Nacional de Enfermedad y establezcan un Consejo Médico Asesor para supervisar la calidad del servicio.
La Autoridad de Servicios Financieros de Indonesia (OJK) ha emitido la Circular n.º 7/SEOJK.05/2025, en vigor desde el 1 de enero de 2026, por la que se introducen nuevas normas para los productos comerciales de seguro de enfermedad, excluido el Seguro Nacional de Enfermedad (JKN) gestionado por BPJS Kesehatan. La normativa pretende mejorar la eficacia de la financiación de los servicios sanitarios a largo plazo en medio de la actual inflación médica mundial.
Una característica clave es el sistema de copago obligatorio, que exige a los asegurados asumir al menos el 10% de cada siniestro, con un límite de 300.000 rupias para la asistencia ambulatoria y de 3.000.000 rupias para la asistencia hospitalaria. Esto se aplica a los productos de seguros de indemnización o de asistencia gestionada, quedando exentos los microseguros. Además, las normas exigen un mecanismo de coordinación de prestaciones para integrar el seguro privado con los servicios de la JKN, mejorando la coordinación de la cobertura.
Las aseguradoras también deben establecer un Consejo Asesor Médico compuesto por profesionales médicos cualificados con acceso a datos sanitarios digitales fiables para supervisar la calidad del servicio y la gestión del riesgo. Estas medidas están diseñadas para promover prácticas aseguradoras prudentes, frenar la sobreutilización de las prestaciones y reforzar la gobernanza, la transformación digital y la protección del consumidor en el sector de los seguros de salud de Indonesia. El reglamento refleja los esfuerzos del OJK por garantizar la sostenibilidad y la transparencia, salvaguardando al mismo tiempo a los asegurados en medio del aumento de los costes médicos.