El artículo 72 establece que “la salud pública es un derecho de todas las personas y es responsabilidad del Estado garantizar el acceso, la gratuidad y la calidad de los servicios de atención, protección y recuperación“. Para hacer efectivo este derecho, “el Estado instituye un sistema de salud a todos los niveles accesible a la población y desarrolla programas de prevención y educación, en los que contribuyen la sociedad y las familias. La ley define el modo en que los servicios de salud se prestan“.
Constitución de la República
Referencia
Asamblea Nacional del Poder Popular , Constitución de la República , Gaceta Oficial de la República de Cuba, 10 Apr 2019
Publicado el
13 Oct 2024
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Fuente
Asamblea Nacional del Poder Popular , Constitución de la República , Gaceta Oficial de la República de Cuba, 10 Apr 2019