Se crea el Sistema Nacional del Seguro de Salud con el objetivo fundamental de otorgar prestaciones de salud igualitarias, integrales y humanizadas, tendientes a la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud. El mismo debe garantizar a los beneficiarios de las Obras Sociales la obtención del mismo tipo y nivel de prestaciones.
Se consideran agentes del seguro a las obras sociales nacionales, las obras sociales de otras jurisdicciones y demás entidades que adhieran al sistema, las que deben adecuar sus prestaciones de salud a las normas incorporadas en esta ley, su reglamentación y la ley de Obras Sociales, en lo pertinente.