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Ley 29761 de financiamiento público de los regímenes subsidiado y semi- contributivo del Aseguramiento Universal en Salud en Perú - P4H Network

Ley 29761 de financiamiento público de los regímenes subsidiado y semi- contributivo del Aseguramiento Universal en Salud en Perú

El Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) de los regímenes subsidiado y semi contributivo se financia con cargo a los recursos provenientes de créditos presupuestarios y aportes.
Los créditos presupuestarios se asignan anualmente al Seguro Integral de Salud tomando como referencia, para el régimen subsidiado, el valor de la prima y el número de afiliados y, para el régimen semi contributivo, el valor de la prima, el coeficiente de financiamiento público y el número de afiliados.

Los aportes provienen de la población que se afilie al régimen semi contributivo, según los criterios de elegibilidad que se establezcan y también provienen de los trabajadores y los conductores de las microempresas.

También los gobiernos regionales y gobiernos locales destinan recursos sobre la base de la adecuación del PEAS, orientados a contribuir con el cierre de brechas en afiliación y cobertura de beneficios de sus respectivas circunscripciones.
Asimismo, el PEAS se financia con recursos provenientes de la cooperación internacional y otras donaciones nacionales e internacionales.