El artículo 60 de la Constitución de la República Dominicana establece que toda persona tiene derecho a la seguridad social, y el artículo 61 habla específicamente sobre el derecho a la salud. La Ley 87-01 de 2001 crea el Sistema Nacional de la Seguridad Social en la República Dominicana. Establece la obligatoriedad de la implementación de un régimen contributivo subsidiado, que protegerá a los profesionales y técnicos independientes y a los trabajadores por cuenta propia, financiado mediante aportes del trabajador y un subsidio estatal para suplir la falta del empleador. El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) emplazó al Consejo Nacional de la Seguridad Social a dar cobertura social, incluyendo cobertura de salud, a profesionales del área de derecho que trabajan como independientes y de otras ramas, como promete la ley.