El 14 de mayo de 2024, el Jefe del Estado, D. Ismaiïl Omar Guelleh, presidió la 8ª reunión del Consejo de Ministros, durante la cual el ejecutivo de Yibuti examinó un proyecto de decreto sobre las condiciones de apertura y funcionamiento de los establecimientos sanitarios privados.
Este texto adoptado por el Gobierno de Yibuti también establece las normas técnicas para los equipos médicos con el fin de garantizar la accesibilidad, disponibilidad y calidad de la asistencia. Los establecimientos sanitarios del sector privado se consideran complementarios de los establecimientos públicos y participan en la prestación de asistencia sanitaria en las condiciones establecidas por la Ley n°48/AN/99/4ème L de Orientación de la Política Sanitaria.
Desempeñan un papel importante en la prestación de servicios médicos que complementan el sistema sanitario público. También son responsables de proporcionar servicios médicos y sanitarios de alta calidad accesibles a toda la población.
El proyecto de decreto sobre las condiciones de apertura y funcionamiento de los establecimientos sanitarios privados establece las condiciones de apertura y funcionamiento de los establecimientos sanitarios privados y también fija las normas técnicas de los equipos médicos para garantizar la accesibilidad, la disponibilidad y la calidad de la asistencia. Esta iniciativa se deriva de las conclusiones del Simposio Nacional de Salud de junio de 2022.